Las primeras reclamaciones a los bancos por las cláusulas suelo cumplen su plazo de tres meses

En CAS 21 estamos preparados para presentar las demandas más certeras desde el punto de vista jurídico-financiero y recuperar su dinero.

El Gobierno promulgó el Real Decreto-Ley 1/2017 el pasado 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que establecía la posibilidad de una solución extrajudicial banco-cliente en el plazo de 3 meses.

La primera tanda de reclamaciones presentadas en base a lo dispuesto en ese real decreto agota ahora su plazo para llegar a una solución negociada con la entidad financiera y evitar así tener que acudir a los tribunales para conseguir la anulación de las cláusulas suelo y otras también consideradas por el Tribunal Supremo como abusivas.

La banca, salvo honrosas excepciones, se ha dedicado en estos meses a negar la mayor ante la avalancha de reclamaciones. Con escritos tipo formulario, las entidades financieras han contestado a sus clientes que no hay cosa alguna que reclamarles, porque todo lo hicieron bien. No es esa la impresión que tenemos los profesionales que estamos asesorando a los consumidores estafados y creemos que los bancos tampoco piensan lo que dicen, si no ¿por qué provisionaron más de 3.000 millones de euros para estas contingencias?

También es importante reclamar los gastos que produjo la hipoteca y que el banco le “obligó” a pagar. Esta reclamación puede ser acumular en la de la cláusula suelo.

En CAS 21 estamos preparados para presentar las demandas más certeras desde el punto de vista jurídico-financiero y recuperar su dinero.

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